Estos trámites administrativos deben realizarse en el ámbito fiscal (A
gencia Tributaria-Hacienda), de la Seguridad Social, de las Administraciones locales (Ayuntamientos) y otros específicos vinculados al sector de actividad en el que se desenvuelva el proyecto.
TRÁMITES EN LA AGENCIA TRIBUTARIA.
Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.)
Concepto: Tributo local que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado. Es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional. Se formula separadamente por cada actividad.
Lugar: Administración Municipal o Delegación de Hacienda (en función de que se tribute por cuota municipal, provincial o nacional).
Plazo: 10 días hábiles antes del inicio de la actividad.
Validez: 1 año natural.
Declaración censal (impreso mod. 036 o 037)
Concepto: Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad, que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios.
Lugar: Administración de Hacienda o Delegación de la Agencia de la Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.
Plazo: Antes del inicio de la actividad.
Libros de hacienda (para empresarios individuales y profesionales)
Concepto: Libros en los que se deben reflejar las distintas operaciones empresariales (Libro de facturas emitidas y libro de facturas recibidas).
Lugar: Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal del empresario o profesional.
Plazo: Entre el cierre del período impositivo y la finalización del plazo de presentación de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
TRÁMITES EN LA SEGURIDAD SOCIAL
Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
Destinatarios: Es obligatorio para todo empresario que vaya a efectuar contrataciones, como paso previo al inicio de sus actividades. La inscripción como empresa en el Régimen General es única y válida en todo el territorio nacional, debiendo comunicar también la apertura de centros de trabajo en las diversas provincias.
Lugar: Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma correspondiente al domicilio de la empresa.
Alta en el régimen general
Destinatarios: Régimen de la Seguridad Social para trabajadores por cuenta ajena. Tanto la afiliación como la solicitud de alta en este régimen se deben realizar con anterioridad al comienzo de la relación laboral.
Lugar: Administración de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente al domicilio de la empresa.
Comunicación de apertura del centro de trabajo
Destinatarios: Empresas que procedan a la apertura del centro de trabajo o reanuden la actividad. Se debe realizar dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. También se deberá proceder a la adquisición y sellado de: Libro de visitas.
Lugar: (Apertura) Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social o autoridad laboral autonómica; (Libros) Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.
TRÁMITES EN EL AYUNTAMIENTO
Licencia de obras
Concepto: Licencia municipal necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento.
Validez: Las obras pueden ejecutarse hasta 6 meses después de concedida la licencia.
Licencia de actividades e instalaciones (apertura)
Concepto: Licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que pueda serle aplicable. Las actividades industriales, comerciales, de servicios, etc.
Validez: La actividad debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes a la concesión de la licencia.
Cambio de titularidad de un negocio
Concepto: La titularidad de un negocio, con licencia de apertura concedida, puede cambiarse mediante un acto comunicado, siempre y cuando esté en funcionamiento o lo haya estado en los seis meses anteriores a la fecha en la que se pretende realizar el cambio.
Validez: La actividad debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes al cambio de titularidad.
Cambio de actividad (sólo para actividades inocuas)
Concepto: La posibilidad de cambio de actividad, mediante un acto comunicado, dependerá de la reglamentación de cada Ayuntamiento.
Validez: La actividad debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes al cambio de titularidad.
OTROS TRÁMITES
Trámites de carácter general
Concepto: Marcas, patentes, denominaciones comerciales, signos distintivos, modelos industriales, rótulos de establecimiento.
Lugar: Oficina Española de Patentes y Marcas.
Concepto: Propiedad Intelectual.
Lugar: Registro de la propiedad intelectual.
TRÁMITES DE CARACTER ESPECÍFICO
Actividades industriales: Registro Industrial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Actividades de construcción, instalaciones y reparaciones: Documento de Calificación Empresarial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Personas que se dediquen a instalaciones eléctricas, de gas, calefacción, climatización y aparatos a presión: Carné o certificado en la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos hoteleros: Autorización de apertura en la Dirección General de Turismo.
Agencias de Viaje: Solicitud del título licencia en la Dirección General de Turismo.
Industrias y establecimientos dedicados a transformación y almacenamiento de productos agrarios: Registro en la Dirección General de Alimentación y Consumo.
Grandes establecimientos comerciales: Licencia de apertura de grandes establecimientos comerciales en la Dirección General de Comercio.
Personas físicas que se dediquen a la manipulación de alimentos: Carné de manipulador de alimentos en la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma.
Industrias y establecimientos alimentarios que no sean detallistas: Registro en la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma.
Centros, servicios y establecimientos sanitarios: autorización y registro en la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma.
Centros de Acción Social: Visado y autorización en Consejería de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma.
Espectáculos públicos y/o actividades recreativas: licencias y/o autorizaciones en la Dirección General de Protección Ciudadana.
Empresas de Seguridad: Registro en la Dirección General de la Policía.
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